Campaña de orientación

29 L.P.R.A. § 3084, under Reglamentacion, Certificacion y Licencias.

29 L.P.R.A. § 3084

A partir de que entre en vigor esta ley y no más tarde de treinta (30) días de haberse firmado, el Secretario deberá organizar y ejecutar una campaña educativa que debe ser difundida a través de diversos medios de comunicación para dar a conocer las disposiciones de este capítulo, de manera que tanto los patronos como los empleados en el servicio doméstico y la ciudadanía en general conozca las disposiciones de este capítulo.

Se faculta al Secretario a suscribir aquellos acuerdos de colaboración que estime pertinente con entidades públicas o privadas para cumplir con esta encomienda.