Interpretación

29 L.P.R.A. § 3091, under Reglamentacion, Certificacion y Licencias.

29 L.P.R.A. § 3091

Las protecciones o derechos establecidos en este capítulo son adicionales a cualquier otro que asistan a los empleados en el servicio doméstico en virtud de otra legislación estatal o federal vigente.