Requisitos sanitarios—Acceso a alojamientos por funcionarios del Gobierno

29 L.P.R.A. § 396, under Trabajo Industrial a Domicilio.

29 L.P.R.A. § 396

Los representantes del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, como los del Departamento de Salud, tendrán libre acceso a tales alojamientos en cualquier lugar o tiempo que lo requieran.