Cobro de reclamaciones de empleados—Reglamentación

29 L.P.R.A. § 4, under Disposiciones Administrativas.

29 L.P.R.A. § 4

El Secretario del Trabajo y Recursos Humanos promulgará la reglamentación necesaria para llevar a cabo las disposiciones de las secs. 1 a 4a de este título.