Proclama

29 L.P.R.A. § 4042, under Código de Lactancia de Puerto Rico.

29 L.P.R.A. § 4042

El(La) Gobernador(a) del Gobierno de Puerto Rico, mediante proclama publicada a través de los medios noticiosos, exhortará a toda la comunidad puertorriqueña a llevar a cabo actividades que redunden en beneficio de la práctica de la lactancia, y a que desarrolle medios que propicien la conciencia colectiva sobre la misma.