Actividades que promuevan la lactancia

29 L.P.R.A. § 4043, under Código de Lactancia de Puerto Rico.

29 L.P.R.A. § 4043

El(La) Gobernador(a) del Gobierno de Puerto Rico, en coordinación con el Departamento de Salud, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y todas las asociaciones u organizaciones profesionales relacionadas con la lactancia, realizará anualmente actividades de conformidad con los propósitos de este subcapítulo.