Las autoridades nominadoras de las agencias del Gobierno Central, de las corporaciones públicas, de los municipios, de la Rama Legislativa y del Poder Judicial vendrán obligadas a informar a cada una de sus empleadas sobre lo dispuesto en este Código y sobre los derechos que en el mismo se le reconocen a estas en materia de lactancia. A su vez, deberán hacer constar a todos sus empleados los derechos reconocidos en este Código, de manera que en cada espacio de trabajo del Gobierno de Puerto Rico impere un ambiente laboral favorable al libre ejercicio del derecho a lactancia de toda mujer trabajadora.