Contratos para trabajar en el exterior—Jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia

29 L.P.R.A. § 533, under Fomento de Oportunidades de Empleo.

29 L.P.R.A. § 533

Se confiere jurisdicción original al Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico para entender en cualquier procedimiento por violación a las disposiciones de las secs. 526 a 534 de este título y en relación a cualquier violación de los términos de los contratos suscritos al amparo de las secs. 526 a 534 de este título.