Deberes con el Departamento del Trabajo de Puerto Rico

29 L.P.R.A. § 588f, under Ley de Internados Justos de Puerto Rico.

29 L.P.R.A. § 588f

(a) Toda entidad sin fines de lucro que interese estar exenta de las disposiciones de este capítulo deberá obtener la autorización del (de la) Secretario(a) del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico. Para ello deberá completar y enviar un formulario, que deberá crear el(la) Secretario(a), que incluya los siguientes aspectos:(a) Información sobre la entidad solicitante: proveer información básica del historial y experiencia de la entidad, una descripción del trabajo que realiza o los servicios que brinda y las comunidades o sectores que atiende,(b) descripción del programa: qué tareas o labores se le asignarán al participante, quién supervisará al participante, qué debe aprender el(la) participante durante el programa, qué beneficios obtendrá el(la) participante del programa y qué beneficios obtendrá la entidad solicitante,(c) duración del programa: cuánto tiempo durará el internado, pasantía o experiencia de investigación y cuántas horas tiene que cumplir el(la) participante a la semana, si hay un horario establecido o flexible y si será de forma presencial, remota o híbrida,(d) costo mínimo del programa: a base del salario mínimo federal o local, el que sea mayor, cuánto tendría que pagar el(la) solicitante por el trabajo del (de la) participante,(e) acreditación de dificultad económica para pagarle al (a la) participante del programa, mediante planillas, estados financieros o algún otro documento que demuestre la falta de recursos para costear el internado, pasantía o experiencia de investigación y(f) justificación de la necesidad de apoyo, mediante la cual la entidad describa el apoyo o trabajo necesario que realizará el(la) participante del programa de internado, pasantía o investigación.

(a) Información sobre la entidad solicitante: proveer información básica del historial y experiencia de la entidad, una descripción del trabajo que realiza o los servicios que brinda y las comunidades o sectores que atiende,

(b) descripción del programa: qué tareas o labores se le asignarán al participante, quién supervisará al participante, qué debe aprender el(la) participante durante el programa, qué beneficios obtendrá el(la) participante del programa y qué beneficios obtendrá la entidad solicitante,

(c) duración del programa: cuánto tiempo durará el internado, pasantía o experiencia de investigación y cuántas horas tiene que cumplir el(la) participante a la semana, si hay un horario establecido o flexible y si será de forma presencial, remota o híbrida,

(d) costo mínimo del programa: a base del salario mínimo federal o local, el que sea mayor, cuánto tendría que pagar el(la) solicitante por el trabajo del (de la) participante,

(e) acreditación de dificultad económica para pagarle al (a la) participante del programa, mediante planillas, estados financieros o algún otro documento que demuestre la falta de recursos para costear el internado, pasantía o experiencia de investigación y

(f) justificación de la necesidad de apoyo, mediante la cual la entidad describa el apoyo o trabajo necesario que realizará el(la) participante del programa de internado, pasantía o investigación.