Se autoriza al tutor o custodio legal de todo retirado gubernamental incapacitado a gestionar la obtención de la tarjeta de identificación.
3 L.P.R.A. § 10098, under Ley para el Beneficio del Retirado Gubernamental.
3 L.P.R.A. § 10098
Se autoriza al tutor o custodio legal de todo retirado gubernamental incapacitado a gestionar la obtención de la tarjeta de identificación.