Sanciones

3 L.P.R.A. § 10130, under Ley de Ciberseguridad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

3 L.P.R.A. § 10130

Si alguna agencia incumpliese con lo dispuesto en este capítulo, la PRITS podrá imponer a la agencia, previa notificación y oportunidad de ser oída, una multa no menor de cincuenta (50) dólares ni mayor de cien (100) dólares diarios por incidente, por cada día que incumpla con los estándares y principios de ciberseguridad según establecidos en la sec. 10126 de este título.

Cuando medie obstrucción, negligencia, mala fe, temeridad o negativa caprichosa en el manejo o reporte de un ciberataque, la PRITS podrá imponer a la agencia, previa notificación y oportunidad de ser oída, una multa no menor de mil (1,000) dólares ni mayor de cinco mil (5,000) dólares por cada violación.

Si se identifica a un servidor público responsable de esta conducta, la PRITS, en coordinación con la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH) y con la autoridad nominadora correspondiente, ordenará, previa notificación y oportunidad de ser oído, la anotación de la determinación en el expediente de personal del servidor público. De dicha acción culminar en el despido de dicho servidor público, el mismo no podrá ser contratado por una agencia o contratista del gobierno, ni como empleado, ni bajo una relación como contratista o subcontratista por un periodo de cinco (5) años.

Si se identifica a un proveedor de servicios contratados responsable de esta conducta, le aplicaría sanciones monetarias conforme hasta un tope de la cuantía contratada, más cualquier otra contractual y por daños causados, incluyendo penalidades establecidas por leyes locales y federales aplicables. Además, ni ese proveedor de servicios o cualquier entidad que tenga un número significante de la misma gente podrá ser contratado por una agencia o contratista del Gobierno, ni como subcontratista por un periodo de cinco (5) años.

Todo incumplimiento con este capítulo conllevará un proceso de reeducación y capacitación que será coordinado por PRITS, en colaboración con la Oficina de Ética Gubernamental.