Administración del Archivo General

3 L.P.R.A. § 10192, under Ley del Expediente Digital Único para Personas con Diversidad Funcional.

3 L.P.R.A. § 10192

El Archivo General dependerá administrativamente del Instituto de Cultura Puertorriqueña y su financiamiento quedará sujeto a la supervisión del director ejecutivo del Instituto de Cultura Puertorriqueña. Los gastos de funcionamiento del Archivo General serán sufragados de los fondos que se asignen al Instituto de Cultura Puertorriqueña.

La dirección del Archivo General estará a cargo del Archivero General, quien será nombrado por el director ejecutivo del Instituto de Cultura Puertorriqueña, y cuyo nombramiento estará sujeto a las disposiciones de las secs. 9601 et seq. de este título, conocidas como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el gobierno de Puerto Rico”.