Responsabilidad por hostigamiento entre estudiantes

3 L.P.R.A. § 149f, under Departamento de Educación.

3 L.P.R.A. § 149f

La institución de enseñanza será responsable por los actos de hostigamiento sexual entre estudiantes, en el lugar de estudios, si la institución y/o su personal docente o no docente sabían o debían estar enterados de dicha conducta, a menos que la institución pruebe que tomó una acción inmediata y apropiada para corregir la situación.