Subsecretario de Salud; nombramiento, deberes, permanencia en el cargo

3 L.P.R.A. § 172, under Departamento de Educación.

3 L.P.R.A. § 172

El Secretario de Salud nombrará un Subsecretario de Salud, quien tendrá a su cargo la fase operacional de todos aquellos asuntos que se le encomienden al Secretario de Salud por éste o cualquier otra ley.