Facultades y deberes

3 L.P.R.A. § 1856a, under Ley de Ética Gubernamental de Puerto Rico de 2011.

3 L.P.R.A. § 1856a

El CDPE es el responsable de diseñar, ofrecer y coordinar los adiestramientos.

(1) Con el fin de realizar esta encomienda, la Dirección Ejecutiva se encuentra facultada para:(1) Requerir a toda entidad gubernamental la ayuda técnica que necesite, la propiedad, el personal, la tecnología y cualquier otro recurso para hacer posible el ofrecimiento de estos adiestramientos.(2) Contratar la prestación de servicios, adiestramientos y talleres de personas u organizaciones privadas, en y fuera de Puerto Rico, con el propósito de promover los objetivos del CDPE.

(1) Requerir a toda entidad gubernamental la ayuda técnica que necesite, la propiedad, el personal, la tecnología y cualquier otro recurso para hacer posible el ofrecimiento de estos adiestramientos.

(2) Contratar la prestación de servicios, adiestramientos y talleres de personas u organizaciones privadas, en y fuera de Puerto Rico, con el propósito de promover los objetivos del CDPE.