La Oficina diseñará el formulario oficial, con el contenido de información mínima que se dispone más adelante en esta sección, y el apéndice explicativo que se utilizará para someter la información requerida, que será aplicable a la Rama Ejecutiva y a la Rama Legislativa.
(a) Información general.— Todo informe financiero de los miembros de la Rama Ejecutiva y de la Rama Legislativa, para el período cubierto en el informe relativo a la persona que someta el informe y a su unidad familiar, incluirá la siguiente información:(a) Información general.— (1) Nombre, dirección y puesto o empleo.(2) Nombre o nombres bajo los que hacen negocios.(3) Ocupación, profesión u oficio.(4) Nombre y dirección del principal lugar de negocios o de trabajo.(5) Todas las relaciones de empleo o negocios.(6) Nombre, dirección y nombre o nombres bajo los que hacen negocios los miembros de su unidad familiar, que han realizado negocios con el Gobierno durante el periodo cubierto por el informe financiero o que son socios, directores o empleados de negocios o entidades que han realizado negocios o que han prestado servicios al Gobierno durante ese periodo.(b) Ingresos.— (1) Ingresos e intereses del servidor público y de su unidad familiar en propiedades muebles o inmuebles y en cualquier propiedad en su acepción más amplia.(c) Activos.— (1) Activos cuyo valor excedan de mil dólares ($1,000) que incluye, entre otros, cuentas bancarias, acciones, fondos mutuos, opciones, pólizas de seguros, mobiliario y enseres eléctricos, pinturas, objetos de arte, antigüedades y colecciones, joyería y otras participaciones propietarias en empresas o negocios.(2) Acciones de empresas privadas y públicas y bonos estatales o municipales y de cualquier otra modalidad cuyo valor exceda de mil dólares, y toda transacción realizada durante el periodo cubierto por el informe.(3) Participación en fideicomisos o sucesiones.(d) Pasivos.— (1) Deudas que hayan tenido un balance de más de mil dólares en cualquier momento durante el periodo cubierto por el informe, indicando el tipo de interés de cada deuda, incluyendo toda liquidación de deuda o de reducción a mil dólares o menos durante el periodo cubierto por el informe.(2) Deudas de las que se esté recibiendo cualquier tipo de tratamiento especial o preferencial al compararse con el que reciben otros deudores del mismo acreedor en circunstancias similares por el mismo tipo de deuda.(e) Otras transacciones financieras.— (1) Transacciones de compra, venta o permuta de propiedades muebles o inmuebles.(2) Arreglos o acuerdos para una remuneración futura.(3) Una relación de todo regalo recibido, entre otros, el pago de transportación, de comidas, de alojamiento y de entretenimiento, con indicación del nombre y dirección del donante, cuando el valor total por donante exceda de doscientos cincuenta dólares por año y éste no sea un pariente.(4) Toda otra información que, a juicio de la persona que somete el informe, sea pertinente para la correcta evaluación de su situación financiera en el contexto del interés público que inspira este capítulo.
(a) Información general.— (1) Nombre, dirección y puesto o empleo.(2) Nombre o nombres bajo los que hacen negocios.(3) Ocupación, profesión u oficio.(4) Nombre y dirección del principal lugar de negocios o de trabajo.(5) Todas las relaciones de empleo o negocios.(6) Nombre, dirección y nombre o nombres bajo los que hacen negocios los miembros de su unidad familiar, que han realizado negocios con el Gobierno durante el periodo cubierto por el informe financiero o que son socios, directores o empleados de negocios o entidades que han realizado negocios o que han prestado servicios al Gobierno durante ese periodo.
(1) Nombre, dirección y puesto o empleo.
(2) Nombre o nombres bajo los que hacen negocios.
(3) Ocupación, profesión u oficio.
(4) Nombre y dirección del principal lugar de negocios o de trabajo.
(5) Todas las relaciones de empleo o negocios.
(6) Nombre, dirección y nombre o nombres bajo los que hacen negocios los miembros de su unidad familiar, que han realizado negocios con el Gobierno durante el periodo cubierto por el informe financiero o que son socios, directores o empleados de negocios o entidades que han realizado negocios o que han prestado servicios al Gobierno durante ese periodo.
(b) Ingresos.— (1) Ingresos e intereses del servidor público y de su unidad familiar en propiedades muebles o inmuebles y en cualquier propiedad en su acepción más amplia.
(1) Ingresos e intereses del servidor público y de su unidad familiar en propiedades muebles o inmuebles y en cualquier propiedad en su acepción más amplia.
(c) Activos.— (1) Activos cuyo valor excedan de mil dólares ($1,000) que incluye, entre otros, cuentas bancarias, acciones, fondos mutuos, opciones, pólizas de seguros, mobiliario y enseres eléctricos, pinturas, objetos de arte, antigüedades y colecciones, joyería y otras participaciones propietarias en empresas o negocios.(2) Acciones de empresas privadas y públicas y bonos estatales o municipales y de cualquier otra modalidad cuyo valor exceda de mil dólares, y toda transacción realizada durante el periodo cubierto por el informe.(3) Participación en fideicomisos o sucesiones.
(1) Activos cuyo valor excedan de mil dólares ($1,000) que incluye, entre otros, cuentas bancarias, acciones, fondos mutuos, opciones, pólizas de seguros, mobiliario y enseres eléctricos, pinturas, objetos de arte, antigüedades y colecciones, joyería y otras participaciones propietarias en empresas o negocios.
(2) Acciones de empresas privadas y públicas y bonos estatales o municipales y de cualquier otra modalidad cuyo valor exceda de mil dólares, y toda transacción realizada durante el periodo cubierto por el informe.
(3) Participación en fideicomisos o sucesiones.
(d) Pasivos.— (1) Deudas que hayan tenido un balance de más de mil dólares en cualquier momento durante el periodo cubierto por el informe, indicando el tipo de interés de cada deuda, incluyendo toda liquidación de deuda o de reducción a mil dólares o menos durante el periodo cubierto por el informe.(2) Deudas de las que se esté recibiendo cualquier tipo de tratamiento especial o preferencial al compararse con el que reciben otros deudores del mismo acreedor en circunstancias similares por el mismo tipo de deuda.
(1) Deudas que hayan tenido un balance de más de mil dólares en cualquier momento durante el periodo cubierto por el informe, indicando el tipo de interés de cada deuda, incluyendo toda liquidación de deuda o de reducción a mil dólares o menos durante el periodo cubierto por el informe.
(2) Deudas de las que se esté recibiendo cualquier tipo de tratamiento especial o preferencial al compararse con el que reciben otros deudores del mismo acreedor en circunstancias similares por el mismo tipo de deuda.
(e) Otras transacciones financieras.— (1) Transacciones de compra, venta o permuta de propiedades muebles o inmuebles.(2) Arreglos o acuerdos para una remuneración futura.(3) Una relación de todo regalo recibido, entre otros, el pago de transportación, de comidas, de alojamiento y de entretenimiento, con indicación del nombre y dirección del donante, cuando el valor total por donante exceda de doscientos cincuenta dólares por año y éste no sea un pariente.(4) Toda otra información que, a juicio de la persona que somete el informe, sea pertinente para la correcta evaluación de su situación financiera en el contexto del interés público que inspira este capítulo.
(1) Transacciones de compra, venta o permuta de propiedades muebles o inmuebles.
(2) Arreglos o acuerdos para una remuneración futura.
(3) Una relación de todo regalo recibido, entre otros, el pago de transportación, de comidas, de alojamiento y de entretenimiento, con indicación del nombre y dirección del donante, cuando el valor total por donante exceda de doscientos cincuenta dólares por año y éste no sea un pariente.
(4) Toda otra información que, a juicio de la persona que somete el informe, sea pertinente para la correcta evaluación de su situación financiera en el contexto del interés público que inspira este capítulo.
No será necesario informar sobre ingresos o gastos relacionados con campañas políticas, conforme a lo dispuesto por la Ley Electoral vigente.
La Oficina podrá solicitar información adicional en el informe financiero que presenten los servidores públicos de la Rama Ejecutiva y de la Rama Legislativa que sea pertinente para la correcta evaluación de algún ángulo relacionado con la información requerida en esta sección, en el contexto del interés público que inspira este capítulo. Al hacer dicha solicitud de información adicional, la Oficina expondrá las razones para hacer la misma.
El contenido de los informes financieros correspondientes a la Rama Judicial será determinado por dicha Rama de Gobierno, de conformidad con su normativa en materia ética y su propia reglamentación.