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3 L.P.R.A. § 1883e, under Ley de Ética Gubernamental de Puerto Rico de 2011.

3 L.P.R.A. § 1883e

Se ordena a las agencias ejecutivas a notificar al Secretario de Justicia de toda orden o resolución final que recaiga por violaciones al Código de Ética para Contratistas, Suplidores, y Solicitantes de Incentivos Económicos de las agencias Ejecutivas del Gobierno de Puerto Rico. Así mismo, cuando los hechos que dieron lugar a la orden o resolución final involucren a un empleado de la Rama Ejecutiva, las agencias deberán notificar copia de la misma a la Oficina de Ética Gubernamental.