(a) Ginecólogos y obstetras.— Para propósitos de las secs. 207 a 207d de este título, las siguientes palabras y frases tendrán el significado que se señala a continuación:(a) Ginecólogos y obstetras.— Significa todo profesional de la medicina debidamente autorizado por la legislación y reglamentación aplicable para ejercer la ginecología o la obstetricia en Puerto Rico.(b) Material informativo.— Significa cualquier folleto, panfleto, video, hoja suelta, enlace digital código de respuesta rápida (QR Code) u otro recurso que detalle los beneficios comprobados del consumo de ácido fólico.(c) Medio de comunicación.— Significa todo mecanismo que pueda ser utilizado para la difusión de información, incluyendo, pero sin limitarse a, radio, televisión, videograbaciones, periódicos de publicación diaria, semanal o mensual, revistas, folletos, carteles, redes sociales, páginas “web” gubernamentales y plataformas comunitarias, entre otros.
(a) Ginecólogos y obstetras.— Significa todo profesional de la medicina debidamente autorizado por la legislación y reglamentación aplicable para ejercer la ginecología o la obstetricia en Puerto Rico.
(b) Material informativo.— Significa cualquier folleto, panfleto, video, hoja suelta, enlace digital código de respuesta rápida (QR Code) u otro recurso que detalle los beneficios comprobados del consumo de ácido fólico.
(c) Medio de comunicación.— Significa todo mecanismo que pueda ser utilizado para la difusión de información, incluyendo, pero sin limitarse a, radio, televisión, videograbaciones, periódicos de publicación diaria, semanal o mensual, revistas, folletos, carteles, redes sociales, páginas “web” gubernamentales y plataformas comunitarias, entre otros.