Revisiones y apelaciones de las determinaciones de la agencia

3 L.P.R.A. § 2514, under Pruebas para Detección de Sustancias Controladas en el Sector Público.

3 L.P.R.A. § 2514

El funcionario o empleado podrá revisar o apelar las determinaciones de la agencia, relacionadas con las pruebas de detección de sustancias controladas contempladas en este capítulo, según dispuesto en las secs. 9601 et seq. de este título, conocidas como la “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico” o de conformidad a lo dispuesto en la ley orgánica de la agencia o en leyes aplicables.