Oficina del Jefe de los Fiscales—Creación

3 L.P.R.A. § 293v, under Personas Incapacitadas, Concesiones en Edificios Públicos.

3 L.P.R.A. § 293v

Se crea la Oficina del Jefe de los Fiscales en el Departamento con la responsabilidad de investigar y procesar todos los casos de naturaleza penal en la jurisdicción del Gobierno de Puerto Rico y los asuntos de naturaleza civil o administrativa necesarios para imponer responsabilidad al sujeto de la investigación o del proceso penal. También instará las acciones que procedan para la restitución de fondos y propiedad obtenidos como producto de la comisión de delitos de corrupción gubernamental, crimen organizado y sustancias controladas o de cualquier otra actuación delictiva.

La Oficina del Jefe de los Fiscales tendrá el personal profesional y de apoyo necesario para el desempeño de sus funciones. Su sede principal estará en las oficinas centrales del Departamento.