Nombramiento

3 L.P.R.A. § 294q, under Personas Incapacitadas, Concesiones en Edificios Públicos.

3 L.P.R.A. § 294q

El Gobernador nombrará, con el consejo y consentimiento del Senado, los Fiscales de Distrito, los Fiscales Auxiliares IV, los Fiscales Auxiliares III, los Fiscales Auxiliares II, los Fiscales Auxiliares I, los Procuradores de Asuntos de Familia y los Procuradores de Asuntos de Menores.