Información falsa del patrono; pena

3 L.P.R.A. § 309, under Personas Incapacitadas, Concesiones en Edificios Públicos.

3 L.P.R.A. § 309

Todo patrono que a sabiendas diere falsamente informes de los requeridos por el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, incurrirá en un delito menos grave (misdemeanor) castigable con una multa de cincuenta [dólares] ($50) a quinientos dólares ($500).