Leyes e informes para el Departamento

3 L.P.R.A. § 326, under Personas Incapacitadas, Concesiones en Edificios Públicos.

3 L.P.R.A. § 326

El Secretario de Estado de Puerto Rico proporcionará gratuitamente al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que comienza a regir esta sección, una colección de los tomos de leyes de la Asamblea Legislativa, así como sendos tomos de dos Estatutos Revisados, de los informes del Gobernador de Puerto Rico y de todas las publicaciones oficiales del Gobierno Estadual, y en lo sucesivo proporcionará igual número de ejemplares de dichas leyes, informes y publicaciones que se dejan enumerados, a medida que se vayan publicando.