Liquidación total

3 L.P.R.A. § 334, under Programa de Retiro Temprano Voluntario para los Empleados del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos.

3 L.P.R.A. § 334

El Departamento otorgará a los empleados que cumplan con los parámetros establecidos en este capítulo, la liquidación total de las licencias de vacaciones y de enfermedad acumuladas.