Definiciones

3 L.P.R.A. § 402a, under Administración de Servicios de Salud Mental y contra la Adicción.

3 L.P.R.A. § 402a

(a) Administración.— Los siguientes términos y frases tendrán los significados que se indican a continuación:(a) Administración.— Significa la Administración de Servicios de Salud Mental y contra la Adicción, según creada por este capítulo.(b) Administrador.— Significa el Administrador de la Administración de Servicios de Salud Mental y contra la Adicción.(c) Departamento.— Significa Departamento de Salud.(d) Secretario.— Significa el Secretario de Salud.(e) Biosicosocial.— Significa las dimensiones físicas, biológicas, psicológicas y sociales relacionadas con desórdenes mentales o adicción.(f) Paciente.— Significa cualquier persona que esté recibiendo tratamiento para una condición mental, incluyendo dependencia o adicción a sustancias.(g) Desorden mental.— Significa una enfermedad con manifestaciones psicológicas asociadas a menoscabo del funcionamiento biológico, psicológico y social. Cada desorden mental tiene señales y síntomas característicos.(h) Rehabilitación.— Esfuerzo dirigido a aliviar un menoscabo del nivel de funcionamiento biológico, social ó psicológico de una persona que padece un desorden mental.(i) Dependencia a sustancias.— Incluye adicción y abuso de sustancias controladas o no controladas, lícitas o ilícitas, incluyendo el alcohol, que afectan negativamente y ponen en peligro el bienestar físico, psicológico y social de una persona.

(a) Administración.— Significa la Administración de Servicios de Salud Mental y contra la Adicción, según creada por este capítulo.

(b) Administrador.— Significa el Administrador de la Administración de Servicios de Salud Mental y contra la Adicción.

(c) Departamento.— Significa Departamento de Salud.

(d) Secretario.— Significa el Secretario de Salud.

(e) Biosicosocial.— Significa las dimensiones físicas, biológicas, psicológicas y sociales relacionadas con desórdenes mentales o adicción.

(f) Paciente.— Significa cualquier persona que esté recibiendo tratamiento para una condición mental, incluyendo dependencia o adicción a sustancias.

(g) Desorden mental.— Significa una enfermedad con manifestaciones psicológicas asociadas a menoscabo del funcionamiento biológico, psicológico y social. Cada desorden mental tiene señales y síntomas característicos.

(h) Rehabilitación.— Esfuerzo dirigido a aliviar un menoscabo del nivel de funcionamiento biológico, social ó psicológico de una persona que padece un desorden mental.

(i) Dependencia a sustancias.— Incluye adicción y abuso de sustancias controladas o no controladas, lícitas o ilícitas, incluyendo el alcohol, que afectan negativamente y ponen en peligro el bienestar físico, psicológico y social de una persona.