Organización del Departamento

3 L.P.R.A. § 414, under Departamento de Transportación y Obras Públicas.

3 L.P.R.A. § 414

La organización interna del Departamento de Transportación y Obras Públicas será aquella que estime necesaria el Secretario de Transportación y Obras Públicas con la aprobación del Gobernador de Puerto Rico.