El Consejo de Secretarios adjudicará a cada organismo citado en la sec. 488 de este título la proporción de tales economías que estime adecuada.
3 L.P.R.A. § 489, under Departamento de Recreación y Deportes.
3 L.P.R.A. § 489
El Consejo de Secretarios adjudicará a cada organismo citado en la sec. 488 de este título la proporción de tales economías que estime adecuada.