Reglamentos de los departamentos

3 L.P.R.A. § 552, under Funcionarios Públicos.

3 L.P.R.A. § 552

Será atribución de cada jefe de departamento bajo el Gobierno Estatal, dictar reglamentos compatibles con la ley para el régimen interior de su departamento y gobierno de sus funcionarios y empleados, la distribución y despacho de sus asuntos y conservación de sus archivos, papeles y demás pertenencias.