El Secretario de Estado podrá contratar y nombrar el personal necesario para llevar a cabo las funciones transferidas por las secs. 65 a 65f de este título, sin sujeción a la Ley de Personal, Ley Núm. 345 del 12 de mayo de 1947.
3 L.P.R.A. § 65a, under Comité Asesor para la Restauración, Conservación y Mejoramiento de La Fortaleza.
3 L.P.R.A. § 65a
El Secretario de Estado podrá contratar y nombrar el personal necesario para llevar a cabo las funciones transferidas por las secs. 65 a 65f de este título, sin sujeción a la Ley de Personal, Ley Núm. 345 del 12 de mayo de 1947.