El máximo de licencia transferible será de 60 días en el caso de licencia por vacaciones y de 90 días en el caso de licencia por enfermedad.
3 L.P.R.A. § 698, under Personal del Gobierno.
3 L.P.R.A. § 698
El máximo de licencia transferible será de 60 días en el caso de licencia por vacaciones y de 90 días en el caso de licencia por enfermedad.