Transferencia de licencia por vacaciones y por enfermedad entre el Sevicio Exento y los servicios por Oposición o sin Oposición—Máximo de licencia

3 L.P.R.A. § 698, under Personal del Gobierno.

3 L.P.R.A. § 698

El máximo de licencia transferible será de 60 días en el caso de licencia por vacaciones y de 90 días en el caso de licencia por enfermedad.