Gastos de viaje del personal y sus familias—Reglamentación

3 L.P.R.A. § 748, under Ley de Protección para Miembros de las Fuerzas Armadas de EE. UU.

3 L.P.R.A. § 748

Por la presente se faculta al Secretario de Hacienda de Puerto Rico para que promulgue los reglamentos necesarios para poner en vigor las disposiciones de las secs. 746 a 748 de este título, los cuales tendrán fuerza y efecto de ley tan pronto sean aprobados por el Gobernador.