Este capítulo regula y establece guías claras al proceso de organización y funcionamiento de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico. Al así adoptarla, declaramos como política pública un Gobierno que persiga bajar significativamente el gasto público; que sea ágil, eficiente y menos burocrático, y que mejore sustancialmente la prestación de servicios al pueblo. Asimismo, y en consideración a que Puerto Rico es una jurisdicción altamente legislada, lo que podría representar retos para la administración pública, puesto que dificulta el análisis y la codificación de las leyes, y complica el proceso de determinar cuál es el ordenamiento que rige algún tema o actividad, se entiende imperativo identificar aquellas leyes que puedan catalogarse como obsoletas o inoficiosas. Para lograr esto, se requiere la evaluación concienzuda de los servicios que provee el Gobierno, a fin de determinar cuáles pueden ser consolidados y delegados a otros sectores o, simplemente, ser abolidos por ser arcaicas y obsoletas. Todo ello, sin que conlleve despidos de empleados públicos, sino la movilización de éstos, acorde con la necesidad de servicios de nuestros ciudadanos.
De igual forma, declaramos como política pública permitir que se externalicen aquellos servicios que puedan ser provistos con mayor eficiencia por entidades sin fines de lucro, municipios u otras entidades.