Autoridad para ordenar traslados y eliminar plazas vacantes

3 L.P.R.A. § 8898, under Ley del Programa de Incentivos, Retiro y Readiestramiento.

3 L.P.R.A. § 8898

Con el propósito de maximizar la efectividad de este Programa y propiciar durante su vigencia la mayor participación posible en el Programa, el Director de la OGP tendrá autoridad, no empece cualquier disposición en contrario, para ordenar y autorizar, o a solicitud de, y en consulta con, los secretarios o jefes de agencia concernidos, el traslado de empleados públicos entre agencias, conforme a las necesidades del servicio y la situación fiscal de cada agencia. También tendrá autoridad para eliminar plazas vacantes o congeladas en las agencias, basado en los criterios de necesidad del servicio y la situación fiscal de la agencia.