Año fiscal

3 L.P.R.A. § 8941, under Programa “Ahorra y Duplica Tu Dinero”.

3 L.P.R.A. § 8941

A partir del Año Fiscal 2014, la Oficina de Gerencia y Presupuesto deberá consignar en la Resolución Conjunta de Presupuesto de cada año fiscal siguiente los fondos necesarios para cumplir con las obligaciones asumidas bajo este capítulo.