Cualquier ciudadano podrá presentar, en caso de incumplimiento, una acción de mandamus para que el tribunal ordene a la corporación pública cumplir con este capítulo.
3 L.P.R.A. § 9089, under Transmisión de las Reuniones de las Juntas de las Corporaciones e Instrumentalidades Públicas.
3 L.P.R.A. § 9089
Cualquier ciudadano podrá presentar, en caso de incumplimiento, una acción de mandamus para que el tribunal ordene a la corporación pública cumplir con este capítulo.