Asunción del costo de instalación

3 L.P.R.A. § 9350, under Ley de Intercambio Publicitario de Vehículos Gubernamentales.

3 L.P.R.A. § 9350

El proponente deberá asumir el costo de instalación del grabado de la imagen, anuncio, arte, palabras y/o ilustración en el vehículo gubernamental según surge de la carta de aprobación anejada al acuerdo de intercambio.