Requisitos mínimos de eficiencia energética

3 L.P.R.A. § 935b, under Conservación de Energía en el Gobierno.

3 L.P.R.A. § 935b

La Administración determinará y prescribirá mediante reglamento los requisitos mínimos de eficiencia energética de todo equipo a comprarse por el Gobierno de Puerto Rico.

Será requisito el desarrollo y aplicación del “Sistema de Costo por Ciclo de Vida” o las “Normas de Eficiencia Energética” para la determinación de los requisitos mínimos de eficiencia energética.