Deberes y responsabilidades del Facilitador Docente

3 L.P.R.A. § 9802g-2, under Ley para Garantizar el Pago a Nuestros Pensionados y Establecer un Nuevo Plan de Aportaciones Definidas para los Servidores Públicos.

3 L.P.R.A. § 9802g-2

(a) Además de los deberes y responsabilidades, no administrativas ni gerenciales, que se establezcan mediante reglamento o por directrices del Secretario, el facilitador docente deberá:(a) Orientar y adiestrar a los maestros en los estándares y expectativas por materia, contenido curricular, conceptos, destrezas y procesos.(b) Desarrollar un plan de asistencia técnica con el propósito de asesorar, adiestrar y dar seguimiento adecuado para el logro de los objetivos.(c) Colaborar en la revisión y diseño de lecciones educativas, actividades para enriquecer el currículo del programa, acorde con los estándares y expectativas por materia grado y nivel.(d) Desarrollar y dar seguimiento a los mapas curriculares diseñados para cada grado. (Siempre y cuando la materia cuente con un mapa curricular)(e) Participar activamente en la identificación, evaluación y selección de materiales educativos necesarios para desarrollar el programa.(f) Colaborar con los maestros en la interpretación y análisis de los resultados de las pruebas estandarizadas y de aprovechamiento académico de los estudiantes para reorientar los objetivos educativos, y técnicos de enseñanza.(g) Coordinar, preparar o presentar clases demostrativas que serán observadas por los maestros con el propósito de mejorar su práctica educativa.(h) Colaborar en el Programa de medición y asesorar al maestro en la implementación de técnicas de evaluación y “assessment”.(i) Colaborar con el desarrollo de proyectos académicos y socioculturales que promuevan la relación de los y las estudiantes.(j) Coordinar, colaborar o desarrollar actividades educativas, recreativas, deportivas o culturales alusivas a cualquier programa académico.(k) Realizar visitas coordinadas con el director escolar y el maestro de sala de clase con el propósito de observar el proceso de enseñanza aprendizaje, da seguimiento a orientaciones ofrecidas e identificar las fortalezas y debilidades en contenidos y metodología.(l) Colaborar con el Diseño de Excelencia Escolar solamente en la parte académica.(m) Realizar otras tareas afines requeridas a su puesto para el buen funcionamiento del programa.(n) Colaborará con el Diseño de Excelencia Escolar solamente en la parte académica.(o) No ejercerá funciones ejecutivas, fiscalizadoras, de evaluación o de supervisión.(p) Colaborar en procesos de monitorías y tareas administrativas educativas y académicas asignadas por la Región Educativa o de la Secretaria de Educación pero no gerenciales, fiscalizadoras y de supervisión de personal docente y no docente tales como: Pruebas Intermedias, Pruebas CRECE, Pruebas META Alterna, Prueba de Admisión Universitaria, Carrera Magisterial, Aprendices del Español, pruebas CEPA, NAEP, PNA y otras siempre y cuando no interfieran con el servicio de asistencia técnica al docente.(q) Además, realizará los deberes y responsabilidades que establezcan mediante reglamento o por directrices de la Secretaría del Departamento de Educación excepto que no sean deberes y responsabilidades de supervisión, fiscalización ni de evaluación en cuanto al personal docente, no docente y a las escuelas.

(a) Orientar y adiestrar a los maestros en los estándares y expectativas por materia, contenido curricular, conceptos, destrezas y procesos.

(b) Desarrollar un plan de asistencia técnica con el propósito de asesorar, adiestrar y dar seguimiento adecuado para el logro de los objetivos.

(c) Colaborar en la revisión y diseño de lecciones educativas, actividades para enriquecer el currículo del programa, acorde con los estándares y expectativas por materia grado y nivel.

(d) Desarrollar y dar seguimiento a los mapas curriculares diseñados para cada grado. (Siempre y cuando la materia cuente con un mapa curricular)

(e) Participar activamente en la identificación, evaluación y selección de materiales educativos necesarios para desarrollar el programa.

(f) Colaborar con los maestros en la interpretación y análisis de los resultados de las pruebas estandarizadas y de aprovechamiento académico de los estudiantes para reorientar los objetivos educativos, y técnicos de enseñanza.

(g) Coordinar, preparar o presentar clases demostrativas que serán observadas por los maestros con el propósito de mejorar su práctica educativa.

(h) Colaborar en el Programa de medición y asesorar al maestro en la implementación de técnicas de evaluación y “assessment”.

(i) Colaborar con el desarrollo de proyectos académicos y socioculturales que promuevan la relación de los y las estudiantes.

(j) Coordinar, colaborar o desarrollar actividades educativas, recreativas, deportivas o culturales alusivas a cualquier programa académico.

(k) Realizar visitas coordinadas con el director escolar y el maestro de sala de clase con el propósito de observar el proceso de enseñanza aprendizaje, da seguimiento a orientaciones ofrecidas e identificar las fortalezas y debilidades en contenidos y metodología.

(l) Colaborar con el Diseño de Excelencia Escolar solamente en la parte académica.

(m) Realizar otras tareas afines requeridas a su puesto para el buen funcionamiento del programa.

(n) Colaborará con el Diseño de Excelencia Escolar solamente en la parte académica.

(o) No ejercerá funciones ejecutivas, fiscalizadoras, de evaluación o de supervisión.

(p) Colaborar en procesos de monitorías y tareas administrativas educativas y académicas asignadas por la Región Educativa o de la Secretaria de Educación pero no gerenciales, fiscalizadoras y de supervisión de personal docente y no docente tales como: Pruebas Intermedias, Pruebas CRECE, Pruebas META Alterna, Prueba de Admisión Universitaria, Carrera Magisterial, Aprendices del Español, pruebas CEPA, NAEP, PNA y otras siempre y cuando no interfieran con el servicio de asistencia técnica al docente.

(q) Además, realizará los deberes y responsabilidades que establezcan mediante reglamento o por directrices de la Secretaría del Departamento de Educación excepto que no sean deberes y responsabilidades de supervisión, fiscalización ni de evaluación en cuanto al personal docente, no docente y a las escuelas.