Funciones del Consejo Escolar

3 L.P.R.A. § 9806d, under Ley para Garantizar el Pago a Nuestros Pensionados y Establecer un Nuevo Plan de Aportaciones Definidas para los Servidores Públicos.

3 L.P.R.A. § 9806d

(a) Además de las que se establezcan mediante reglamento, el Consejo Escolar tendrá las siguientes funciones:(a) Adoptar metas educativas para la escuela que sean consistentes con las políticas educativas y las normas estatales de aprovechamiento académico.(b) Identificar las necesidades educativas de los estudiantes que asisten a la escuela.(c) Formular un plan de mejoramiento escolar y académico.(d) Fomentar la participación y colaboración de los padres y la comunidad en la gestión educativa de la escuela.(e) Proveer alternativas y recomendaciones en apoyo a la gestión educativa.(f) Participar en el desarrollo e implementación de programas y/o actividades curriculares y/o extracurriculares.(g) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar.(h) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en la escuela, la igualdad y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.(i) Identificar necesidades particulares de la comunidad escolar y general.(j) Identificar y establecer alianzas con entidades sin fines de lucro, el tercer sector, instituciones educativas, empresas, agencias e instrumentalidades del Estado para proveer actividades extracurriculares, servicios de salud, y actividades educativas y culturales, entre otros, después del horario lectivo.(k) Realizar y coordinar campañas preventivas de suicidio, bullying, trata humana y enfermedades contagiosas o para promover estilos de vida saludables.(l) Evaluar y autorizar la disposición de los fondos, producto de las ventas generadas en los programas de educación agrícola y/o especializados en agricultura, para fines de mejoras a proyectos agrícolas en la finca escolar y para otros fines cónsonos con la ley.(m) Colaborar en los esfuerzos de comunicación a la comunidad escolar, asegurándose que se cumple con la amplia divulgación por las vías formales y electrónicas, de todo lo relacionado a: los contenidos académicos, currículos, materiales educativos y didácticos, actividades, alianzas, programas, iniciativas y lo relacionado a situaciones de salud, seguridad o emergencias.(n) Asegurarse de que la participación de los estudiantes en las diversas actividades, alianzas, programas, proyectos e iniciativas, requiere obtener el claro y expreso consentimiento escrito de los padres o tutores legales.

(a) Adoptar metas educativas para la escuela que sean consistentes con las políticas educativas y las normas estatales de aprovechamiento académico.

(b) Identificar las necesidades educativas de los estudiantes que asisten a la escuela.

(c) Formular un plan de mejoramiento escolar y académico.

(d) Fomentar la participación y colaboración de los padres y la comunidad en la gestión educativa de la escuela.

(e) Proveer alternativas y recomendaciones en apoyo a la gestión educativa.

(f) Participar en el desarrollo e implementación de programas y/o actividades curriculares y/o extracurriculares.

(g) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar.

(h) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en la escuela, la igualdad y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

(i) Identificar necesidades particulares de la comunidad escolar y general.

(j) Identificar y establecer alianzas con entidades sin fines de lucro, el tercer sector, instituciones educativas, empresas, agencias e instrumentalidades del Estado para proveer actividades extracurriculares, servicios de salud, y actividades educativas y culturales, entre otros, después del horario lectivo.

(k) Realizar y coordinar campañas preventivas de suicidio, bullying, trata humana y enfermedades contagiosas o para promover estilos de vida saludables.

(l) Evaluar y autorizar la disposición de los fondos, producto de las ventas generadas en los programas de educación agrícola y/o especializados en agricultura, para fines de mejoras a proyectos agrícolas en la finca escolar y para otros fines cónsonos con la ley.

(m) Colaborar en los esfuerzos de comunicación a la comunidad escolar, asegurándose que se cumple con la amplia divulgación por las vías formales y electrónicas, de todo lo relacionado a: los contenidos académicos, currículos, materiales educativos y didácticos, actividades, alianzas, programas, iniciativas y lo relacionado a situaciones de salud, seguridad o emergencias.

(n) Asegurarse de que la participación de los estudiantes en las diversas actividades, alianzas, programas, proyectos e iniciativas, requiere obtener el claro y expreso consentimiento escrito de los padres o tutores legales.