Programa de Educación Técnica

3 L.P.R.A. § 9812f, under Ley para Garantizar el Pago a Nuestros Pensionados y Establecer un Nuevo Plan de Aportaciones Definidas para los Servidores Públicos.

3 L.P.R.A. § 9812f

El Programa de Educación Técnica incluye los servicios de nivel postsecundario que se ofrecen en el Departamento a través de instituciones de educación superior acreditadas, conducentes a una certificación técnica o a un grado asociado. Mediante la Educación Técnica se promueve el desarrollo de destrezas técnicas y una transición efectiva al mundo del trabajo, atemperada a la realidad social, económica, educativa y laboral de Puerto Rico.

La organización y ofrecimientos de la educación técnica serán establecidos por el Secretario.