La mayoría de los integrantes de la Junta de Subastas constituirá quórum para la celebración de sesiones y la toma de decisiones. Todos los acuerdos de la Junta de Subastas se adoptarán por mayoría de votos de sus integrantes. De ser necesario y a manera de excepción, la votación de los integrantes podrá realizarse a través de medios electrónicos. El Administrador será integrante ex officio de la Junta de Subastas, pero solo podrá votar en caso de que una votación de los integrantes en propiedad de la Junta de Subastas resulte en un empate.