En cada organismo gubernamentalse identificará un recurso, entre los empleados existentes, para que lleve a cabo las funciones requeridas en este capítulo. Los mismos deberán de igual formar proveer asistencia a la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS).
El Oficial de Datos de cada agencia u organismo gubernamental estará adiestrado sobre el contenido de este capítulo, la reglamentación y los procedimientos aplicables y sus obligaciones jurídicas como uno de los responsables del cumplimiento de la misma. Compartirán la responsabilidad de asegurar el cumplimiento de este capítulo con la jefatura del organismo gubernamental. De ser necesario, la jefatura del organismo gubernamental en coordinación Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) podrá designar, a más de un Oficial de Datos para dicha entidad.