Si una agencia o entidad gubernamental a la que le aplique este capítulo incumple con una resolución emitida por el tribunal en virtud de lo establecido en la sec. 9919 de este título podrá ser sancionada con una multa de hasta cien (100) dólares diarios. La multa no podrá exceder de dieciocho mil (18,000) dólares en su totalidad.