Cada permutante tiene las obligaciones de un vendedor, excepto en los gastos, los cuales deben asumirse en partes iguales por cada uno de los permutantes.
31 L.P.R.A. § 10012, under La Permuta.
31 L.P.R.A. § 10012
Cada permutante tiene las obligaciones de un vendedor, excepto en los gastos, los cuales deben asumirse en partes iguales por cada uno de los permutantes.