Saneamiento por evicción

31 L.P.R.A. § 10013, under La Permuta.

31 L.P.R.A. § 10013

El permutante que sufre la evicción de la cosa recibida como objeto de la permuta puede reivindicar la que dio, si esta se encuentra aún en poder del otro permutante o exigir su valor económico y, en ambos casos, la indemnización de daños y perjuicios, conforme a la responsabilidad por saneamiento.