Obligaciones del comitente

31 L.P.R.A. § 10311, under Los Servicios.

31 L.P.R.A. § 10311

(a) El comitente está obligado a:(a) Pagar el precio de los servicios; y(b) proporcionar la colaboración necesaria para que los servicios puedan prestarse.

(a) Pagar el precio de los servicios; y

(b) proporcionar la colaboración necesaria para que los servicios puedan prestarse.