(a) El mandato se extingue por:(a) Su ejecución total;(b) el vencimiento del plazo dado para su ejecución;(c) la muerte o incapacidad del mandante o del mandatario salvo en los mandatos de poder duradero, según las disposiciones de la sec. 10362 de este título;(d) la revocación.
(a) Su ejecución total;
(b) el vencimiento del plazo dado para su ejecución;
(c) la muerte o incapacidad del mandante o del mandatario salvo en los mandatos de poder duradero, según las disposiciones de la sec. 10362 de este título;
(d) la revocación.