Obligaciones del comitente

31 L.P.R.A. § 10431, under Agencia.

31 L.P.R.A. § 10431

(a) El comitente está obligado a:(a) Propiciar y facilitar el ejercicio normal de la actividad del agente;(b) poner a disposición del agente, con antelación suficiente y en cantidad apropiada, las muestras, catálogos, tarifas y demás elementos de los cuales disponga y sean necesarios para que este lleve a cabo su actividad;(c) solicitar al agente toda la información que considere necesaria para la ejecución del contrato y avisarle de cualquier variación significativa en el volumen de las operaciones;(d) pagar mensualmente la remuneración convenida; y(e) comunicar al agente, dentro del plazo usual, que nunca debe ser menor de quince (15) días desde la recepción, la aceptación o el rechazo de sus propuestas o de las órdenes de compra o servicios.

(a) Propiciar y facilitar el ejercicio normal de la actividad del agente;

(b) poner a disposición del agente, con antelación suficiente y en cantidad apropiada, las muestras, catálogos, tarifas y demás elementos de los cuales disponga y sean necesarios para que este lleve a cabo su actividad;

(c) solicitar al agente toda la información que considere necesaria para la ejecución del contrato y avisarle de cualquier variación significativa en el volumen de las operaciones;

(d) pagar mensualmente la remuneración convenida; y

(e) comunicar al agente, dentro del plazo usual, que nunca debe ser menor de quince (15) días desde la recepción, la aceptación o el rechazo de sus propuestas o de las órdenes de compra o servicios.