Consecuencias de la extinción: indemnización

31 L.P.R.A. § 10453, under Agencia.

31 L.P.R.A. § 10453

Cuando la resolución se produce en los casos contemplados en los incisos (e) y (f) de la sec. 10451 de este título, el agente tiene derecho a indemnización conforme a las reglas de la remuneración.