La sociedad; definición

31 L.P.R.A. § 10501, under La Sociedad.

31 L.P.R.A. § 10501

Por el contrato de sociedad los socios se obligan a poner en común su dinero, sus bienes muebles o inmuebles, su trabajo o su convivencia con el fin de compartir las ganancias obtenidas o los propósitos que hayan convenido.

La sociedad no tiene personalidad jurídica independiente de la de sus socios a menos que sea inscrita en el registro de personas jurídicas.